El lunes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reiteró que las empresas con ingresos anuales de hasta 35 millones de pesos tienen hasta el 31 de enero para realizar el cambio al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Posterior a esta fecha, no será posible cambiar de régimen durante el ejercicio fiscal.
El RESICO brinda beneficios fiscales a los contribuyentes, como el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre ingresos efectivamente percibidos, la deducción de inversiones, el prellenado de declaraciones de ISR, y la exención de la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) y de la contabilidad electrónica. Aquellos empresarios que opten por cambiar al RESICO deben presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones a través del portal del SAT. Los pasos a seguir para presentar dicho aviso son los siguientes:
- Ingresar al portal del SAT (https://www.sat.gob.mx/home).
- Seleccionar la modalidad de «Empresa» y luego acceder al apartado de «Trámites RFC».
- Desplegar el menú de «Actualización de RFC», hacer clic en la opción «Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de tu empresa».
- Iniciar el proceso e ingresar con el RFC y contraseña o e.firma.
- Completar los datos requeridos en el formulario y confirmar la información.
- Imprimir o guardar el «Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal».
La transición al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) representa una oportunidad para las personas morales con residencia en México, constituidas por individuos cuyos ingresos anuales no superen los 35 millones de pesos. Esta decisión, destacada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), permite a las empresas no solo reducir su carga fiscal, sino también mejorar su liquidez.
Al considerar el cambio al RESICO, es crucial realizar un análisis exhaustivo de los beneficios y obligaciones asociados con este régimen fiscal. Esta evaluación debe ser llevada a cabo con la orientación de un contador o asesor fiscal, ya que la elección de migrar a este régimen conlleva implicaciones significativas.
El SAT subraya que la consulta con profesionales especializados garantiza una asesoría personalizada y precisa para cada empresa que esté contemplando la posibilidad de adoptar el RESICO. Tomar esta decisión de manera informada es esencial para aprovechar al máximo los beneficios fiscales ofrecidos por este régimen.