En Puebla, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha rechazado la posibilidad de celebrar matrimonios en «poliamor», revocando una sentencia que había abierto esta vía para un ciudadano.
En 2021, un juez de Distrito en Puebla otorgó un amparo a un ciudadano que buscaba legalizar relaciones «poliamorosas» como matrimonio o concubinato, basándose en criterios de la Primera Sala de la SCJN sobre la protección de diversas formas de familia.
El gobierno de Puebla impugnó la resolución del juez, argumentando la inconstitucionalidad de ciertos artículos del Código Civil estatal.
En respuesta, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo propuso revertir la sentencia, argumentando que el matrimonio y el concubinato no pueden ser comparados con el «poliamor» debido a sus diferencias históricas y contextuales. Además, citó observaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer que desaconsejan y prohíben el reconocimiento de relaciones «poliamorosas», ya que suelen derivar en desigualdades, especialmente hacia las mujeres de mayor edad.
El ministro también mencionó que la poligamia está asociada con formas graves de violencia y se justifica a partir de concepciones erróneas sobre mujeres y menores de edad. Propuso que, si surgieran más relaciones «poliamorosas» en la sociedad mexicana, deberían ser reguladas por los congresos locales para proteger los derechos de todos los involucrados.
Finalmente, el proyecto fue aprobado con cuatro votos a favor y uno en contra, lo que significa el rechazo del amparo y la imposibilidad de legalizar el matrimonio en «poliamor» en Puebla.


